Indemnizaciones negligencias médicas

¿Qué es la negligencia médica y cuándo se consideran errores médicos?

Los errores médicos, comúnmente conocidos como negligencias médicas son equivocaciones (ya sean provocadas por una imprudencia o no) durante cualquier fase de la atención sanitaria, ya sea en el diagnóstico, en la solicitud de pruebas o en la operativa médica, quirúrgica o posterior.

Este error debe haber causado algún tipo de daño al paciente, ya sea de carácter físico o incluso psicológico. El error médico abarca las disciplinas dentales (odontología, cirugía oral u ortodoncia).

Lo más difícil para determinar el tipo de negligencia médica frente al error médico, (ya sea del propio médico, del centro hospitalario, de la clínica, o de ambos), es determinar si el error ha podido ser evitable o no, e incluso aun no habiendo sido evitable, si ha provocado un daño dessproporcionado al previsible.

Es esencial determinar la causa-efecto del error y las lesiones o secuelas provocadas, porque si esta ecuación no se demuestra, que la reclamación prospere resulta más complicado y no puede demostrarse que haya existido una negligencia profesional.

¿Cómo reclamar una negligencia médica?

Para reclamar es necesario disponer de pruebas del error médico. Y las pruebas de la existencia del error a veces son evidentes, pero en otras muchas (en la mayor parte de los casos) se deben demostrar mediante un estudio del caso por peritos especializados en la detección de la negligencia médica.

Lo primero antes de reclamar es pedir asesoramiento a un gabinete legal especializado en indemnizaciones por negligencias profesionales, habrá que conseguir el Historial Médico completo (el centro médico u hospitalario tienen la obligación de entregárselo al paciente) abarcan cuando la negligencia se produzca en la sanidad privada se debe presentar una demanda por responsabilidad civil ante el juzgado jurisdiccional.

Si la mala praxis médica se ha producido en la sanidad pública, debemos entenderlo como una responsabilidad de la administración y utilizar la vía contencioso-administrativa para realizar nuestra reclamación.

Además de estas posibilidades, tanto si la mala praxis se ha producido en la sanidad privada como en la sanidad pública, se puede recurrir a la vía penal. A través de esta vía, se puede conseguir la indemnización y al mismo tiempo la condena del responsable médico. Sin embargo, se trata de un proceso más lento y con menos casos de éxito.

Lo primero que se debe conocer es CUÁNDO PRESCRIBE UN ERROR MÉDICO, para ello debemos tener en cuenta dónde se ha producido.

En el caso de que se trate de un procedimiento administrativo, en la sanidad pública, el plazo para reclamar será de un año tras el fallecimiento o la estabilización de las secuelas del paciente.

Cuando se trate de un caso en la sanidad privada, es decir, mediante un procedimiento civil se debe diferenciar varios casos.

  • Cuando se trate de un centro médico concertado el plazo será de un año.
  • Cuando se trate de un procedimiento contra un médico contratado de forma particular el plazo será de 5 años.
  • Cuando el procedimiento se realice contra un seguro médico a través de MUFACE o ISFAS el plazo será de un año.
  • Finalmente, cuando se trate de un procedimiento por la vía penal el plazo de prescripción vendrá determinado por el tipo de delito que se haya cometido:
  • En caso de un delito de homicidio por imprudencia grave serán 4 años.
  • En caso de incendio por imprudencia leve será un año.
  • En caso de delito de lesiones por una imprudencia grave será de 4 años.
  • En caso de delito de lesiones por imprudencia leve será de un año.

Tipos de negligencias médicas

Entre los distintos tipos de negligencias médicas podemos encontrar los siguientes:

Impericia

Se da cuando el profesional carece de la experiencia o los conocimientos necesarios.

Imprudencia

Es el daño causado cuando durante un acto médico no se toman las precauciones y las medidas necesarias para evitar el error médico. Un ejemplo de esto podemos verlo cuando un cirujano olvida material quirúrgico dentro del paciente.

Negligencia médica por omisión de pruebas

Es frecuente que no pautar una prueba gráfica (Tac, Resonancia Magnética, Electromiograma, etc…) pueda inducir a un diagnóstico errárico, a una intervención errónea o a un daño desproporcionado.

Negligencia médica en la pautación de la medicación o tipo de anestesia

Es frecuente en farmacología sin prever alergias o en pautaciones incompatibles con afecciones del paciente. 

Infección nosocomial

Este tipo de infecciones de los Hospitales suelen afectar a personas con patologías previas.

Transfusiones sanguíneas

Las transfusiones sanguíneas pueden conllevar un riesgo si se realizan sin tener en cuenta los riesgos que conllevan.

Negligencias médicas quirúrgicas

Este tipo de errores son los más graves al provocarse en el paciente la consecuencia contraria al objeto de la intervención, generándole un cuadro patológico mayor que el previo.

Negligencia médica de diagnóstico

Es frecuente que la sintomatología no se contraste de forma adecuada con las pruebas disponible o por omisión de alguna verificación o prueba de testeo se produce un empeoramiento de la salud del paciente.  

Retraso en el diagnóstico

Es el error médico más frecuente por la falta de diagnóstico a tiempo que provoca que cuando se desvela el cuadro clínico ya se “demasiado tarde” para acometer acciones terapéuticas eficaces. 

Distracciones

A veces se producen errores por pura distracción (pérdida de material quirúrgico en el organismo del paciente, errores en la zona de intervención, errores en el manejo de material quirúrgico o dosis de farmacología, etc).

Descoordinación de Facultativos

Es frecuente que cambios de turno, de equipos, o de Centro hospitalario conlleven errores en el traslado de la información del paciente, de la pautación médica, de la interpretación de pruebas, etc..

Daño desproporcionado

Se produce cuando al paciente se le provoca un daño desmesurado, desproporcionadamente grave con respecto al riesgo previsible.

Negligencias médicas en el Consentimiento Informado

A veces el consentimiento informado es incorrecto o insuficiente y el paciente se somete a intervenciones desconociendo el riesgo real. En otras ocasiones aun advirtiéndose el riesgo en un consentimiento informado, se llevan a cabo otras intervenciones no previstas ni informadas que dan lugar a riesgo de daños no consentidos por el paciente.

Negligencias médicas por Comisión

Las negligencias médicas por comisión se dan cuando se realiza una acción está prohibida por alguna norma médica. Podemos ver muchos ejemplos de este tipo de error médico:

Error en el diagnóstico y el tratamiento.

Uso de materiales quirúrgicos o médicos en mal estado.

Realizar una cirugía sin diagnóstico en ni procedimientos previamente establecidos.

Realizar una cirugía innecesaria que no está previamente justificada tras una exploración.

Negligencias médicas por Omisión

Las negligencias médicas por omisión se deben a una mala praxis del facultativo que sucede durante el acto médico. Entre los tipos de errores médicos por omisión se encuentran:

No prestar al paciente los servicios a los que está obligado el profesional sanitario.

Cuando el profesional sanitario realiza un examen médico incompleto.

Cuando el profesional no realiza una cirugía o un examen clínico necesario.

Entre las negligencias médicas más frecuentes se encuentran los siguientes:

Negligencias médicas más frecuentes

No siempre es fácil detectar que se ha sido víctima de una negligencia médica. En realidad es frecuente que pacientes que son víctimas de errores no lo sepan y consideren el empeoramiento de salud, o la falta de recuperación tras intervenciones u otras actuaciones, como “inevitables”.

A veces las negligencias médicas o los errores médicos se producen en un momento determinado del tratamiento que el paciente desconoce (falta de una prueba, equivocación en el diagnóstico, pautacion de medicamentos errónea o incompatible, daño desproporcionado al previsto en el consentimiento informado, etc.), por lo que se debe ser observador con los resultados de un tratamiento o una intervención y en caso de que la recuperación no se produzca en los plazos o modos previstos, la salud empeore o aparezcan secuelas inesperadas, se debe analizar por expertos. 

En ocasiones el paciente comienza a sufrir de manera innecesaria tras la intervención de los facultativos o incluso se produce una secuela o fallecimiento que no estaban previsto en los índices de riesgo. Ello debe ser causa igualmente de análisis por especialistas.

Para poder identificar la existencia de un error médico o una negligencia médica lo más adecuado es obtener una segunda opinión de un médico o incluso acudir a un gabinete especialista como Indemniza.org donde un perito sanitario como experto, podrá determinar de manera preliminar la posible existencia de un caso de error médico.

En todo caso, este segundo profesional médico realizará una valoración médica de la enfermedad o dolencia previa, de las secuelas o daños del paciente, a través de las pruebas realizadas e incluso mediante la realización de otras o nuevas pruebas si fueran necesarias o resulta aconsejable para efectuar una adecuada investigación de las circunstancias que hacen sospechar de la existencia de  una negligencia médica.   

En ocasiones también es necesaria una exploración completa del paciente porque no siempre los historiales médicos reflejan con precisión los procesos de evolución de las patologías y las interacciones entre intervenciones médicas, pruebas gráficas o analíticas con resultados y secuelas o daños posteriores a las intervenciones sospechosas. Estas exploraciones deben ser llevadas a cabo por peritos especialistas que puedan determinar que efectivamente se ha producido un error diagnostico, por comisión, por omisión, un daño desproporcionado, etc..

En Indemniza.org disponemos de los profesionales más experimentados para determinar lo que se denomina el “nexo causal” o relación directa entre la existencia de una negligencia médica o un error ―del tipo que sea― las secuelas que presenta el paciente.

¿Es necesario el consentimiento informado previo?

Si, es necesario que el médico entregue y firme el consentimiento informado, antes de proceder a cualquier operación. Este consentimiento debe comunicar sobre todo el proceso su conformidad libre, voluntaria y consciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades y haciéndolo una vez que se la facilitado la información adecuada y para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud. La razón es que todos los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma, salvando los supuestos exceptuados por la Ley. Además, toda persona tiene derecho a que se respete su voluntad de no ser informada.

La información, que como regla general se proporcionará verbalmente dejando constancia en la historia clínica, comprende, como mínimo, la finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias. Cuando el paciente haya recibido toda la información, este debe aceptar o declinar su consentimiento de forma libre y voluntaria, firmándolo y consignando la fecha para que quede constancia de ello.

En la Ley General de Sanidad se reconoce el derecho a una información completa, continuada, verbal y escrita, sobre su proceso, incluyendo diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento en toda intervención médica. 

Tabla de indemnizaciones por negligencias médicas. ¿Cómo valorar una negligencia médica?

La valoración del daño corporal es una especialidad de muchos profesionales médicos, quienes a la vista de un cuadro de daños físicos (o psíquicos) y la evidencia de secuelas en el organismo del paciente, aplican los coeficientes que contienen unas Tablas de Daños, Secuelas y Perjuicios ―que aunque se redactaron para valorar los efectos en el cuerpo humano de las víctimas de accidentes de circulación, se utilizan de forma generalizada para los casos de negligencias médicas―.

En la “Tabla de indemnizaciones por negligencia médica” se le señalan coeficientes a todas las posibles lesiones del cuerpo humano, y se identifican en la mayor parte de los casos en varios grados (moderada, grave, muy grave, etc). En función de cada lesión y de su nivel de gravedad, las “Tablas” determinan unos “puntos”. La asignación de los puntos correspondientes a cada lesión y su nivel de gravedad tiene como objetivo cuantificar el grado de incapacidad o invalidez que puede sufrir la persona afectada. Estos puntos son utilizados para calcular las indemnizaciones o prestaciones a las que puede tener derecho el lesionado, en el ámbito de seguros, accidentes laborales o cualquier otro contexto donde sea necesario determinar la compensación por daños físicos. Las Tablas de valoración de lesiones son una herramienta importante para establecer de manera objetiva y justa las consecuencias que una lesión puede tener en la calidad de vida y capacidad de trabajo de una persona.

La determinación de las lesiones físicas (y/o psíquicas), así como de las secuelas y los perjuicios que se le han ocasionado al paciente, se determinan por una conversión de los puntos obtenidos según la aplicación de las tablas, en función de algunos parámetros como la edad del lesionado.

Además de las lesiones, se valoran las secuelas y los perjuicios, que deben ser justificados y que básicamente responden a los efectos nocivos en la vida del paciente como consecuencia de las lesiones y sus secuelas. Pensemos en la adaptación de la vivienda, la ayuda de terceras personas, las dificultades de movilidad, los perjuicios asociados a los familiares del paciente (o victima en caso de fallecimiento).

En ocasiones se valoran también los perjuicios de contenido más patrimonial, como por ejemplo los gastos derivados de las secuelas (rehabilitación, asistencia psicológica, transportes, cambio de vivienda, etc.), y de la misma forma se valoran los efectos y consecuencias que las secuelas o lesiones provocan en la actividad del paciente, ya sea personal, laboral o profesional. De hecho se valoran los días de hospitalización, de baja laboral o de incapacidad.

Si los efectos de las secuelas invalidan al paciente para el desarrollo de su profesión o el ejercicio de su actividad laboral, y de ello se deriva una disminución en su capacidad para obtener ingresos profesionales, esa perdida se califica como –“lucro cesante” y también puede ser objeto de valoración indemnizatoria.

Estas valoraciones se efectúan normalmente por peritos médicos mediante la emisión de un dictamen de daño y de valoración del daño corporal. A veces esta intervención no resulta suficiente y además del perito valorador del daño corporal se hace precisa la intervención de un perito económico que adicione a dicha valoración estrictamente médica otros aspectos de naturaleza patrimonial, laboral o de puro resarcimiento económico derivado de los daños morales señalados anteriormente.

¿Qué documentación hay que recabar para reclamar la negligencia médica?

Para iniciar una reclamación de negligencia médica, se debe disponer de la historia clínica completa, inclusive con los informes preoperatorios, de la intervención y los posteriores. También será necesario disponer del consentimiento informado al paciente que éste firmó en su día.

 El Hospital o el Centro sanitario tienen la obligación de proporcionar al paciente el Historial Médico completo, sin detrimento alguno. Y el paciente tiene el derecho ―reconocido legalmente― a obtenerlo sin dilaciones. No se puede negar ningún hospital facultativo o centro médico a proporcionar al paciente una copia completa de su historial, so pena de incurrir en una ilegalidad grave, que en caso de obstaculizar la reclamación podría ser constitutiva incluso de una actuación delictiva.

 Tras obtener el Historial Médico completo, lo siguiente es contactar con nosotros para que estudiemos el caso junto a nuestros peritos médicos . Así podremos evaluar las posibilidades de tu caso y determinar su viabilidad para reclamar los daños y perjuicios que se hayan podido producir.

En caso de encontrar dificultades para obtener el historial Médico completo, a veces es necesario que el departamento jurídico de Indemniza deba intervenir a priori para reclamarlo formalmente al Servicio de salud, al Hospital o al Centro médico.

 Siempre es necesario para poder iniciar un procedimiento de negligencia médica que el paciente ( o su familiar en caso de fallecimiento) otorgue un poder notarial, que lo elabora el Notario (puede acudir al que se encuentre más cercano a su domicilio) y cuesta, aproximadamente, unos 60 euros. Con este apoderamiento los abogados de Indemniza ya podrán representar al paciente tanto extrajudicial como judicialmente.

En caso de interponer una demanda judicial, además el paciente debe nombrar un Procurador que actúa como representante legal del afectado ante los Tribunales de Justicia, y cuyo coste en determinados casos se puede afrontar al final del procedimiento, cuando el paciente cobre su indemnización.  En otros casos este es un coste que se debe asumir mediante una provisión de fondos, que el Procurador cobra al principio y un pago final.

¿Hay que pagar al Perito Médico?

En Indemniza.org realizamos el estudio de viabilidad y la emisión del pre-informe de manera gratuita para el paciente, y la firma asume todos los costes de esos estudios y de determinación del “nexo causal” gracias al que se determina que la reclamación puede ser viable.

Frecuentemente, además de este informe previo de viabilidad del caso y de determinación del nexo causal, con una aproximación de la valoración del daño corporal y una estimación del importe que se pudiera reclamar en concepto de daños y perjuicios, se requiere un dictamen pericial completo que realice un estudio forense completo de la existencia de la negligencia médica o error médico, de la defensa de los criterios medico-periciales de dicha estimación del error y de valoración concreta del daño corporal.

 Este Dictamen pericial es necesario cuando se ha de acudir a los Tribunales a reclamar al facultativo, hospital, centro médico o compañía de seguros ―según el caso― los daños y perjuicios a indemnizar. y además en el acto del juicio obligatoriamente el perito se ha de “ratificar” en el dictamen y defender su tesis de existencia de error medico.

 Los Dictámenes de los Peritos Especialistas con valoración del daño corporal, pueden tener un coste aproximado de entre 500 y 3.000 euros, si bien, en determinados casos (en función de la claridad de la negligencia, del importe a reclamar y de las posibilidades materiales de ganar el caso), en Indemniza.org podemos  afrontar en todo o en parte el coste de este Dictamen y llevar el asunto sin coste inicial para el paciente, mediante el incremento del porcentaje variable a éxito a favor de Indemniza. En otros casos el paciente debe afrontar el coste del peritaje y el tanto por ciento a favor de Indemniza es menor. De todo ello puede obtener información detallada en la política comercial de Indemniza.

¿Qué tipo de reclamación hace Indemniza.org?

Siempre iniciamos el proceso mediante una reclamación previa, en busca de intentar evitar los Tribunales y poder alcanzar un acuerdo con el facultativo, con el Centro médico, Centro Hospitalario o con la compañía de Seguro médico.

 De no ser posible una transacción en la que nuestros abogados puedan alcanzar un acuerdo con el responsable o responsables de la negligencia médica, y lograr un reconocimiento del error médico y una indemnización acordada que sea aceptable para el paciente, debemos interponer las reclamaciones formales y judiciales que correspondan en función del tipo de intervención médica realizada, el lugar donde se haya producido y las consecuencias en la salud del paciente de la negligencia.

 En las negligencias médicas, la reclamación indemnizatoria se puede realizar por diferentes procedimientos, según se trate de la sanidad pública o privada, de un Centro médico totalmente privado o que se encuentre concertado con un seguro de salud (Sanitas, Adelas, Asisa, Mapfre Salud, etc. etc.).     

En función de ello la reclamación habrá de efectuarse en el ámbito de la Administración Pública (con una reclamación previa y en caso de acudir a los Tribunales a través de la jurisdicción contencioso-administrativa); o en caso de tratarse de una entidad privada, bien directamente al facultativo, o a este y a la vez a la compañía de seguro de salud y/o al centro hospitalario en su caso, siendo la jurisdicción civil la pertinente.

 También resulta posible que se realice una reclamación directa y excluyente a la compañía de seguros del facultativo responsable de la negligencia, ello al amparo del propio seguro de responsabilidad civil que el facultativo debe mantener para cubrir ese riesgo en el ejercicio de su actividad profesional. En ese caso se renuncia a la reclamación al propio médico y en su caso a la compañía de seguro medico del paciente y/o al hospital para reclamarle directamente al seguro del médico.

 Finalmente, en determinados casos, cuando se deduzca una negligencia médica de tal magnitud que se vislumbren responsabilidades penales por la comisión de un presunto delito de lesiones o de homicidio imprudente (en caso de fallecimiento del paciente) , la jurisdicción apropiada es la penal, dentro de la que, además de perseguir el delito presuntamente perpetrado por el profesional, se puedan derivar responsabilidades civiles derivadas de esa actuación penalmente ilícita, y se reclame la indemnización igualmente en el seno de ese proceso penal.

 La determinación de la mejor vía de reclamación es una de las decisiones más importantes para el éxito del resarcimiento económico ante un caso de error o negligencia profesional médica.

 En Indemniza.org somos expertos en indemnizaciones y nuestro departamento de negligencias médicas conoce las mejores estrategias y dispone de los medios operativos necesarios para procurar la mejor y más adecuada reclamación de la indemnización.

Deje su caso en manos de profesionales

En Indemniza nos ocupamos de todo el proceso de peritajes médicos y/o psicológicos y de la peritación económica de su indemnización, negociamos y en caso de ser necesario litigamos en su defensa.

Casos de éxito
Reclamación
Negligencia Médico-Estética por lesión estética en rostro por láser.
Reclamado 68.000 €

a favor de cliente de Indemniza.
Acuerdo con Compañía de Seguros
Negligencia por accidente con resultado de parálisis parcial.
Reclamado 855.000 €

a favor de cliente de Indemniza.
Reclamación
Negligencia Médico-Estética por implante de pecho fallido.
Reclamado 137.000 €

a favor de cliente de Indemniza.
Abogado negligencias médicas

En nuestros días existen numerosos incidentes de negligencias médicas que se dan pero no se detectan por falta de conocimiento, situaciones originadas por diferentes factores, las cuales, deben ser analizadas detenidamente por abogados en negligencias médicas.

Abogados a porcentaje

Llevamos a cabo el servicio de Abogados a porcentaje, donde se obtiene un resultado más rentable, favoreciendo la economía financiera para el cliente, con un análisis previo para determinar la viabilidad del caso.

Scroll al inicio