Cómo calcular la indemnización por despido improcedente

Cómo calcular la indemnización por despido improcedente

Un despido puede venir acompañado de una cifra que parece definitiva en la carta de la empresa o en el finiquito. Sin embargo, antes de aceptarla, conviene revisar los datos. Calcular indemnización despido improcedente exige conocer la antigüedad real, el salario regulador y la fecha en que comenzó la relación laboral. Un error en cualquiera de estos elementos puede reducir de forma relevante la compensación que le corresponde.

En España, la indemnización por despido improcedente está regulada por ley, pero no todos los casos se calculan igual. La reforma laboral de 2012 creó dos tramos indemnizatorios para contratos anteriores a esa fecha. Además, el finiquito, los salarios pendientes y las vacaciones no disfrutadas son conceptos distintos de la indemnización y deben revisarse por separado.

Cuándo un despido se considera improcedente

Un despido es improcedente cuando la empresa no acredita una causa válida o no respeta los requisitos formales exigidos. Puede ocurrir en un despido disciplinario sin pruebas suficientes, en un despido objetivo basado en causas económicas que no se justifican, o cuando la carta de despido es imprecisa y no permite al trabajador defenderse adecuadamente.

La improcedencia no surge solo porque el trabajador considere injusta la decisión. Normalmente debe reconocerse por la empresa en conciliación o declararse en sentencia. Por eso, la carta de despido, el contrato, las nóminas, los correos y cualquier documento que explique la causa de la extinción pueden ser decisivos.

Cuando el despido se declara improcedente, la empresa suele poder elegir entre readmitir al trabajador o pagar la indemnización. Si opta por la readmisión, pueden existir salarios de tramitación. Si opta por indemnizar, la relación laboral se extingue definitivamente. En el caso de representantes legales de los trabajadores, la opción corresponde, con carácter general, al propio trabajador.

Cómo calcular la indemnización por despido improcedente

La regla general para los contratos formalizados a partir del 12 de febrero de 2012 es de 33 días de salario por cada año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Los períodos inferiores al año se prorratean según el tiempo efectivamente trabajado.

La fórmula orientativa es sencilla:

Salario diario regulador × 33 días × años de servicio = indemnización bruta estimada

Pero la aparente sencillez puede ocultar errores relevantes. Hay que calcular correctamente el salario diario y aplicar el límite legal. También se debe comprobar si el contrato comenzó antes de la reforma laboral, porque entonces el cálculo se divide en dos etapas.

El salario diario regulador

El salario regulador no equivale necesariamente a la última nómina recibida. Debe incluir el salario base, los complementos salariales habituales, las comisiones o incentivos recurrentes y la parte proporcional de las pagas extraordinarias cuando no estén prorrateadas.

Por ejemplo, si una persona cobra 1,800 euros mensuales en 14 pagas, su salario anual bruto sería de 25,200 euros. Para obtener un salario diario aproximado, se divide esa cifra entre 365 días. El resultado sería de unos 69.04 euros diarios.

En retribuciones variables, como comisiones, primas u horas complementarias habituales, suele ser necesario analizar el promedio percibido durante un período representativo, frecuentemente los últimos doce meses. No todas las cantidades cobradas tienen naturaleza salarial. Los gastos suplidos, dietas justificadas o indemnizaciones previas pueden no formar parte de la base de cálculo.

La antigüedad que debe computarse

La antigüedad se cuenta desde la fecha real de inicio de la relación laboral hasta la fecha de efectos del despido. No siempre coincide con la fecha que figura en el último contrato. Si ha habido contratos temporales sucesivos, cambios de empresa dentro de un grupo, subrogaciones o períodos fraudulentamente encadenados, puede existir una antigüedad superior a la reconocida por la empresa.

También es recomendable revisar si hubo excedencias, reducciones de jornada, bajas médicas o permisos. Cada situación tiene particularidades, pero una reducción de jornada, por ejemplo, no debería utilizarse sin más para rebajar la indemnización si legalmente debe atenderse al salario previo a la reducción.

Contratos anteriores al 12 de febrero de 2012

Para quienes ya trabajaban antes del 12 de febrero de 2012, se aplica un sistema de doble tramo. La antigüedad generada hasta esa fecha se indemniza a razón de 45 días por año trabajado, con el límite de 42 mensualidades. El tiempo trabajado desde el 12 de febrero de 2012 se calcula a 33 días por año, con el límite general de 24 mensualidades.

La suma de ambos tramos tiene reglas específicas. Si el primer tramo, calculado a 45 días, ya supera 720 días de salario, puede mantenerse esa cuantía, sin exceder en ningún caso las 42 mensualidades. Es una cuestión técnica que merece una revisión individual, especialmente cuando hay muchos años de antigüedad.

Ejemplo práctico de cálculo

Imagine a una trabajadora contratada el 1 de enero de 2018 y despedida el 1 de enero de 2026. Tiene ocho años de antigüedad y un salario diario regulador de 70 euros.

El cálculo inicial sería: 70 euros × 33 días × 8 años. El resultado es una indemnización de 18,480 euros brutos. Como esa cifra no supera el límite de 24 mensualidades, sería la referencia indemnizatoria aproximada.

Ahora bien, el resultado cambiaría si existieran comisiones no incluidas, pagas extras pendientes de incorporar al salario diario, períodos de antigüedad no reconocidos o una jornada reducida protegida. Por eso, una calculadora general puede servir para orientarse, pero no sustituye el análisis de la documentación laboral.

Indemnización, finiquito y salarios pendientes no son lo mismo

Es habitual que se confundan estos conceptos. La indemnización compensa la extinción improcedente del contrato. El finiquito liquida las cantidades ya devengadas: días trabajados del mes, vacaciones generadas y no disfrutadas, pagas extras pendientes y otros conceptos salariales.

Una empresa puede entregar un finiquito aunque el despido sea discutible. Firmarlo no significa necesariamente que el trabajador acepte la legalidad del despido, pero la forma de firmar y el contenido del documento importan. Si existen dudas, es prudente indicar “no conforme” junto a la firma y conservar una copia. No firme una renuncia de acciones sin comprender exactamente qué está aceptando.

Si en un despido objetivo la empresa abonó 20 días por año trabajado, esa cantidad no impide reclamar la improcedencia. Si finalmente se declara improcedente, habrá que calcular la diferencia hasta la indemnización que corresponda, además de revisar otros importes adeudados.

El plazo para impugnar el despido es muy corto

El trabajador dispone, por regla general, de 20 días hábiles para impugnar el despido. No cuentan los sábados, domingos ni festivos. El plazo empieza desde la fecha de efectos del despido, no desde que se consigue reunir toda la documentación ni desde que se encuentra otro empleo.

La presentación de la papeleta de conciliación suspende el cómputo en los términos legales, pero no conviene esperar. Actuar con rapidez permite revisar la carta de despido, solicitar documentos, calcular correctamente las cantidades y preparar una reclamación fundada. Dejar pasar el plazo puede cerrar la vía para discutir la improcedencia, aunque aún puedan existir otras reclamaciones salariales con plazos distintos.

Qué documentación conviene reunir

Para valorar el caso, reúna la carta de despido, contrato o contratos de trabajo, últimas nóminas, vida laboral, comunicaciones de la empresa y cualquier prueba relacionada con la causa alegada. Si existieron comisiones, incentivos o variables, aporte también los documentos que reflejen esos pagos.

No es necesario resolver por su cuenta todas las dudas jurídicas antes de pedir ayuda. Un abogado laboralista puede contrastar la antigüedad, identificar conceptos salariales omitidos y valorar la viabilidad de impugnar el despido. En Indemniza, el análisis inicial del caso permite ordenar la documentación y conocer qué pasos pueden defender mejor su derecho a una compensación.

No acepte una cifra solo porque aparece impresa en un documento empresarial. Guarde sus pruebas, controle el plazo de 20 días hábiles y solicite una revisión profesional cuanto antes: puede tener derecho a una indemnización superior a la ofrecida.

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